Toluca, Méx.- El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) llevó a cabo el proceso de enrolamiento de las alcaldías y sindicaturas electas para la implementación de la Firma Electrónica que permitirá la entrega de información vía digital de sus obligaciones periódicas de manera remota.
Será habilitada con las administraciones municipales que inician su ejercicio en 2022 y entre cuyas obligaciones están la entrega del Presupuesto, Plan de Desarrollo Municipal que contenga los programas de Agenda Digital, Cuenta Pública del año inmediato anterior y los Informes Trimestrales.
Su objetivo será obtener una mayor eficacia, congruencia y transparencia en la información presentada por las entidades fiscalizables, ya que habrá validación de la misma desde el inicio del proceso mediante la carga automática de datos y cruce de información con otros rubros y formatos.
Este nuevo esquema impulsado por el OSFEM, dejará atrás procesos tradicionales relacionados con la entrega del presupuesto, el cual era presencial y con un alto volumen de información física. Asimismo, eliminará la recepción de CD´s sin información o que no se pueden leer, reduciendo en gran medida riesgos de veracidad en firmas autógrafas y documentos firmados que se pueden dañar fácilmente.
El propósito de habilitar la Firma Electrónica es asegurar también, que los documentos firmados son únicos y exclusivos, identificar al firmante de manera inequívoca y asegurar la integridad del documento firmado.
Para su implementación, la Auditoría Especial de Revisión de Información de las Entidades Fiscalizables desarrolló procesos coordinados con la Dirección General del Sistema Estatal de Informática del gobierno mexiquense; y con la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación del OSFEM se habilitó la infraestructura tecnológica para la recepción de información.
El sustento para que el OSFEM habilite por primera vez la Firma Electrónica entre autoridades municipales se encuentra en diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; el Reglamento Interior del OSFEM y la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, lo que permite al Órgano ser competente para requerir a las entidades fiscalizables la información necesaria para realizar las funciones de revisión y fiscalización superior del ejercicio de los recursos públicos que constitucionalmente tiene encomendada.
Con esta acción, el Órgano Superior mexiquense se pone a la vanguardia en el uso de las tecnologías de la información y comunicación para fortalecer su proceso de revisión y fiscalización que abata el incumplimiento y prácticas de corrupción.

